TU EMPRESA YA TIENE IMPLEMENTADO SU PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO?

De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, la expedición de la Resolución 0312 del 2019, que define los nuevos estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), obedece a la necesidad de reconocer que el sector productivo y generador de empleo tiene características diferentes, propias de cada actividad.

Con la entrada en rigor de esta última Resolución se propone un sistema de gestión ajustado al tamaño y la capacidad de cada una de las empresas, clasificándolas por rangos de empleados, así: empresas con 10 o menos trabajadores, las que cuentan con 11 a 50 trabajadores y, por último, empresas con más de 50 trabajadores.

De este modo, las unidades de producción agropecuarias con 10 o menos trabajadores clasificadas con riesgo I, II o III Deberán dar cumplimiento a tres (3) estándares dentro de su programa de seguridad y salud en el trabajo; Las empresas con menos de 10 empleados que se encuentren clasificadas con riesgo I, II y III deberán cumplimiento a site (7) estándares; Empresas con 11 a 50 trabajadores con nivel de riesgo I, II o III deberán dar cumplimiento a veintiun (21) estándares; Y las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores y unidades de producción agropecuarias clasificadas con riesgo IV o V deberán dar cumplimiento a sesenta y dos (62) estándares.

El Ministerio de Trabajo y las Administradoras de Riesgos Laborales tras sus visitas a todas las empresas del sector en Colombia buscaran la creación de un plan de trabajo del SG-SST que desarrolle correctamente la Resolución 0312 del 13 de Febrero 2019, puesto que en noviembre de este mismo año se realizará una fase de verificación final del cumplimiento de la normatividad sobre el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, dónde se validará el cumplimiento total de los Estándares Mínimos establecidos en la presente Resolución.

La nueva normativa busca mejorar la calidad de trabajo con el fin de “prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarollan (Ministerio del Trabajo, 2019)”​